Seguro para VPL (Vehículo Personal Ligero) Patinetes
1. ¿Qué tipo de patinete se debe asegurar?
La nueva ley no habla de "patinetes" genéricamente, sino que crea una categoría específica llamada Vehículos Personales Ligeros (VPL), que incluye a la gran mayoría de patinetes eléctricos de uso común.
Su vehículo debe asegurarse si cumple estas características:
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Es un vehículo de una sola plaza.
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Está propulsado exclusivamente por motores eléctricos.
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Y cumple uno de estos dos requisitos de velocidad y peso:
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Pesa menos de 25 kg y su velocidad máxima de diseño está entre 6 km/h y 25 km/h. (Aquí entran casi todos los patinetes eléctricos estándar).
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Pesa más de 25 kg y su velocidad máxima de diseño está entre 6 km/h y 14 km/h.
¿Qué vehículos están excluidos?
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Bicicletas de pedaleo asistido (Pedelec): Aquellas que necesitan que el usuario pedalee para que el motor ayude (potencia ≤250W y asistencia hasta 25 km/h).
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Vehículos para personas con movilidad reducida (sillas de ruedas eléctricas, scooters de movilidad).
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Juguetes (los que no superan los 6 km/h).
2. ¿Por qué cantidad se deben asegurar?
La ley establece un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil para cubrir los daños que el conductor del patinete pueda ocasionar a terceros (peatones, otros vehículos, mobiliario urbano, etc.).
Las coberturas mínimas obligatorias son idénticas a las de un coche:
Importante: Este seguro cubre los daños a otros, no los daños al propio conductor del patinete ni al patinete en sí.
3. ¿Cuándo entra en vigor esta obligación?
Esta es la fecha clave que debe conocer:
La ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de julio de 2025, pero dio un plazo de adaptación. A partir del 2 de enero de 2026, circular sin este seguro será sancionable.
4. Requisitos adicionales para poder asegurarlo
Para poder contratar este seguro, el patinete (VPL) deberá cumplir con otros requisitos que también son parte de la nueva normativa:
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Estar Registrado: Deberá estar inscrito en el registro público de VPL que creará la DGT.
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Tener un Certificado: Debe disponer del "certificado de circulación" que acredita que el patinete está homologado y cumple las normas técnicas.
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Identificación: Deberá llevar una identificación (similar a una matrícula o etiqueta de registro) visible.